
Descifrar las nuevas reglas de denominación de alimentos: guía de la norma de etiquetado de 2025 y las medidas administrativas
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«Té oolong de melocotón blanco» sancionado por no contener melocotón blanco real. «Bebida de leche ácida»: ¿leche fermentada o simplemente una bebida? «Albóndigas de vacuno» compuestas principalmente de cerdo. Estas controversias recurrentes sobre la denominación de alimentos ponen de relieve la importancia fundamental del cumplimiento normativo en este ámbito.
Publicadas en marzo de 2025, la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria — Reglas Generales para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados (GB 7718-2025) y las Medidas Administrativas de Supervisión del Etiquetado de Alimentos (Orden n.º 100) introducen un marco normativo considerablemente más estricto para la denominación de alimentos convencionales. Está previsto que ambas normas entren en vigor el 16 de marzo de 2027, sustituyendo la norma GB 7718-2011 vigente. Las empresas tienen hasta esa fecha para lograr el pleno cumplimiento.
Este artículo examina los nuevos requisitos normativos y analiza en profundidad las reglas de denominación aplicables a los alimentos convencionales desde las cinco dimensiones siguientes.
Uso preferente del nombre que indica la naturaleza del alimento
El nombre que indique la verdadera naturaleza del alimento deberá figurar de forma destacada en una posición visible de la etiqueta.
El nombre deberá elegirse entre los especificados en normas nacionales, sectoriales o locales, o entre los publicados en anuncios normativos oficiales.
El nombre utilizado deberá ser uno que no pueda dar lugar a malentendidos o confusión.
Consideraciones al utilizar nombres novedosos o inventados
Denominaciones como «nombres inventados», «nombres de fantasía», «nombres transliterados», «nombres coloquiales regionales» o «marcas» podrán figurar en la misma cara de presentación que el nombre que describe la verdadera naturaleza del alimento.
Si alguna de estas denominaciones contiene texto o expresiones que puedan inducir a error al consumidor o generar confusión sobre la verdadera naturaleza del alimento, deberá mostrarse una aclaración cerca del nombre que describe su naturaleza, en la misma cara de presentación. La aclaración deberá utilizar una tipografía y un color idénticos a los de dicho nombre, y la altura de sus caracteres no podrá superar la de los caracteres de dicho nombre.
Consideraciones al mencionar ingredientes en el nombre del alimento
Cuando el nombre de un alimento mencione un ingrediente o componente, deberá declararse la cantidad añadida o su contenido en el producto terminado.
En alimentos elaborados con materias primas de origen animal, si el nombre indica la presencia de carne de ganado, carne de aves o productos de animales acuáticos, esas materias primas deberán constituir los ingredientes principales del alimento.
Si el nombre menciona solo una de esas materias primas, la totalidad del ingrediente correspondiente utilizado deberá proceder exclusivamente de ese tipo concreto de carne de ganado, carne de aves o producto de animal acuático.
Si el nombre menciona dos o más de esas materias primas, estas deberán enumerarse en el nombre del alimento por orden decreciente de la cantidad añadida.
En alimentos elaborados con materias primas vegetales destinados a imitar o asemejarse a alimentos de origen animal, el nombre deberá llevar al principio o incluir expresiones como «Imitación», «De origen vegetal», «Vegetariano» o «[Nombre de la planta]».
Consideraciones al utilizar aromas y potenciadores del sabor
Cuando no se añada cantidad alguna de un ingrediente determinado y el sabor de ese ingrediente proceda únicamente de aromas alimentarios o potenciadores del sabor, si dicho sabor se menciona en el nombre, este deberá llevar al principio o incluir expresiones como «Aromatizado con [sabor]» o «Sabor a [sabor]».
Cuando el sabor de un ingrediente o alimento concreto proceda únicamente de aromas alimentarios o potenciadores del sabor, solo se permitirán representaciones gráficas distintas de fotografías del ingrediente o alimento real al que se alude. Cada representación deberá ir acompañada de una indicación destacada y próxima, como «Imagen solo como referencia del sabor».
Prácticas prohibidas
El etiquetado de alimentos no deberá incluir ninguno de los contenidos siguientes:
Afirmaciones relativas a la prevención o el tratamiento de enfermedades;
Descripciones falsas, engañosas, equívocas o exageradas;
Contenidos contrarios al consenso científico, al orden público y las buenas costumbres, o que promuevan supersticiones feudales;
Expresiones como «Suministro especial», «Suministro exclusivo» o «Suministro interno» para órganos del Partido, del Gobierno o de las fuerzas armadas;
Cualquier otro contenido prohibido por leyes, reglamentos, disposiciones o normas nacionales de seguridad alimentaria;
Afirmaciones sobre beneficios o funciones para la salud, expresas o implícitas, en etiquetas de alimentos distintos de los alimentos para la salud;
Declaraciones que afirmen o sugieran la idoneidad para el consumo por menores sin base jurídica en leyes, reglamentos, disposiciones, normas nacionales de seguridad alimentaria o normas sectoriales, cuando engañen o induzcan a error al consumidor.
Recomendación de REACH24H
Como vehículo principal para transmitir información del producto al consumidor, el nombre del alimento debe comunicar con precisión sus características esenciales y su composición de ingredientes, respetando estrictamente todos los requisitos normativos aplicables.
Recordatorio de REACH24H
A junio de 2026, GB 7718-2011 sigue siendo la norma jurídicamente vinculante. GB 7718-2025 y las Medidas Administrativas de Supervisión del Etiquetado de Alimentos entrarán oficialmente en vigor el 16 de marzo de 2027. Se recomienda a las empresas aprovechar el actual período de transición de dos años (marzo de 2025 – marzo de 2027) para revisar y actualizar sus prácticas de etiquetado. Actuar ahora ayudará a evitar costes de reformulación de última hora y riesgos de sanción cuando las nuevas reglas sean obligatorias.
Recomendamos a los fabricantes de alimentos adoptar las medidas siguientes durante el período de transición:
Auditar los nombres actuales de los productos conforme a las nuevas reglas: identificar productos cuyos nombres puedan incumplir GB 7718-2025;
Revisar las prácticas de declaración de ingredientes — garantizar que todo ingrediente mencionado en el nombre de un producto esté respaldado por declaraciones de cantidad adecuadas y por la verificación de su condición de ingrediente principal;
Actualizar el diseño de las etiquetas y los envases por fases para evitar interrupciones en la cadena de suministro, dando prioridad a los productos más próximos al plazo de cumplimiento;
Seguir las tendencias de aplicación de la normativa — las autoridades pueden empezar a publicar orientaciones y realizar inspecciones antes del plazo de marzo de 2027.
Referencias normativas
1. Ley de Seguridad Alimentaria de la República Popular China
2. Reglamento de Aplicación de la Ley de Seguridad Alimentaria de la República Popular China
3. Medidas Administrativas de Supervisión del Etiquetado de Alimentos (Orden n.º 100 de la Administración Estatal de Regulación del Mercado)
4. Norma Nacional de Seguridad Alimentaria — Reglas Generales para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados (GB 7718-2011) — Actualmente en vigor; será sustituida por GB 7718-2025 el 16 de marzo de 2027
5. Norma Nacional de Seguridad Alimentaria — Reglas Generales para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados (GB 7718-2025) — En vigor a partir del 16 de marzo de 2027
¿No sabe por dónde empezar? Nuestros expertos normativos están preparados para ayudarle.
Correo electrónico: customer@reach24h.com

Escrito por
REACH24H Food Compliance Team
REACH24H
Fundado en 2009, el equipo de cumplimiento alimentario de REACH24H Consulting Group ofrece servicios integrales de consultoría de acceso a mercados en todo el mundo. Hemos ayudado a miles de empresas alimentarias a llegar a sus mercados de destino y somos el proveedor designado de servicios regulatorios de embajadas, consulados y asociaciones empresariales. El equipo ofrece conocimientos de referencia en el sector, amplios recursos globales y apoyo de cumplimiento a lo largo de toda la cadena, desde las etapas iniciales hasta las finales.
