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Nueva regulación química de Perú para 2028: guía del registro RENASQ y del cumplimiento del GHS

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El Gobierno peruano ha promulgado oficialmente el Decreto Supremo n.º 005-2026-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas. Esta norma supone una modernización integral de la supervisión química del país, la alinea formalmente con el estándar internacional Sistema Globalmente Armonizado (GHS) y crea el Registro Nacional de Sustancias Químicas (RENASQ).

Con esta medida, Perú se suma a Chile, Colombia y Brasil como el cuarto país de América Latina en adoptar un marco unificado de gestión química. El reglamento entrará oficialmente en vigor seis meses después de su publicación.

Marco regulatorio central y aspectos destacados

I. Distribución de competencias regulatorias: coordinación interministerial

El reglamento delimita las responsabilidades del Ministerio del Ambiente (MINAM) y del Ministerio de Salud (MINSA):

  • Ministerio de Salud (MINSA): supervisa las sustancias sujetas a regímenes específicos de autorización sanitaria, incluidas las sustancias peligrosas de uso doméstico, industrial y en salud pública.

  • Ministerio del Ambiente (MINAM): se encarga de la notificación y supervisión de las demás sustancias químicas que quedan fuera del ámbito anterior y superan los umbrales cuantitativos establecidos.

II. Obligaciones centrales de cumplimiento: notificación y reporte

Las obligaciones se dividen en «Notificación de información sobre peligros» y «Reporte al RENASQ»:

  • Notificación de información sobre peligros: Los fabricantes o importadores que superen los umbrales establecidos deben presentar información sobre la clasificación de peligros, el etiquetado y la Ficha de Datos de Seguridad (SDS) de la sustancia química al MINAM.

  • Reporte anual al RENASQ: Para las sustancias químicas peligrosas que superen los umbrales, las empresas deben reportar mediante el RENASQ el volumen real fabricado o importado durante el año calendario anterior. 

III. Calendario de cumplimiento: transición escalonada

El reglamento incluye una Lista de Clasificación Armonizada (LCA) que contiene más de 4,000 (cuatro mil) sustancias. Esta lista sirve de base para el calendario escalonado de cumplimiento entre 2028 y 2031. Los fabricantes e importadores de Perú deben notificar la información sobre peligros dentro de los siguientes períodos:

Características de las sustanciasPlazo de notificación
Sustancias cuya clasificación de peligros coincide con la LCA (o incluye peligros adicionales)1 de enero de 2028 – 30 de septiembre de 2028
Sustancias cuya clasificación de peligros difiere de la LCA1 de enero de 2029 – 30 de septiembre de 2029
Sustancias clasificadas como peligrosas NO incluidas en la LCA1 de enero de 2030 – 30 de septiembre de 2030
Sustancias sin clasificación de peligros1 de enero de 2031 – 30 de septiembre de 2031
Sustancias existentes* (Primera fabricación/importación posterior a 2032)Dentro de 1 mes de la entrada al mercado
Sustancias nuevas** (Que superen los umbrales)Antes de la entrada al mercado

*Sustancias existentes: sustancias cuya notificación de información sobre peligros se completó y que fueron incluidas en el inventario oficial y en el Registro Nacional antes del 30 de septiembre de 2031.

**Sustancias nuevas: sustancias que no completaron su registro antes del cierre del 30 de septiembre de 2031 y que no fueron incluidas en la Lista de Clasificación de Peligros de ese año ni en el Registro Nacional de Sustancias Químicas.

La siguiente tabla indica los plazos posteriores de reporte anual al RENASQ tras completar las notificaciones anteriores:

Características de las sustanciasPeríodo de reporte anual
Sustancias notificadas cuya clasificación coincide con la LCA o la supera1 de enero de 2029 – 31 de marzo de 2029
Sustancias notificadas cuya clasificación difiere de la LCA1 de enero de 2030 – 31 de marzo de 2030
Sustancias peligrosas notificadas no incluidas en la LCA1 de enero de 2031 – 31 de marzo de 2031

IV. Especificaciones técnicas y exenciones

  • Norma GHS: Perú adopta actualmente la 6.ª edición revisada del GHS. Aunque se permite utilizar como referencia los datos de clasificación de la UE, Estados Unidos, Canadá, Reino Unido y Japón, la SDS debe proporcionarse en español.

  • Exenciones: Están exentas las categorías reguladas por marcos sectoriales específicos, como los productos farmacéuticos, plaguicidas, alimentos/piensos, cosméticos y dispositivos médicos. También quedan excluidos los artículos que no liberan sustancias durante su uso normal, así como los minerales, el petróleo crudo y el gas natural no modificados químicamente. 

  • Representante Exclusivo en el Exterior (REE): Siguiendo el «modelo colombiano», los fabricantes extranjeros pueden designar un REE para presentar información comercial confidencial (CBI). Esto permite el cumplimiento del importador sin comprometer los secretos comerciales.

V. Gestión posterior de riesgos

La notificación y el reporte anual son solo los pasos iniciales. A partir de los datos recopilados, el Gobierno peruano elaborará un inventario nacional e iniciará evaluaciones de riesgos (ERSQ) de las sustancias de alta preocupación. Por ello, las empresas podrían afrontar en el futuro una mayor carga de estudios de riesgos y posibles restricciones o prohibiciones de sustancias.

Perspectiva estratégica y recomendaciones

Con la aplicación del reglamento, Perú pasa de las autorizaciones administrativas reactivas a la prevención proactiva de riesgos. Mediante la integración del registro RENASQ con la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), el Gobierno dispondrá de información sin precedentes para identificar fuentes de peligro y riesgos transfronterizos.

Los dos años previos al inicio de la aplicación obligatoria en 2028 constituyen un período crucial para que las empresas obtengan una ventaja competitiva mediante una adaptación sistemática. REACH24H recomienda a las empresas pertinentes, en particular a los proveedores internacionales que exportan a Perú y a los importadores locales, que comiencen a revisar sus carteras de productos, verificar las SDS y etiquetas existentes y prestar especial atención a los umbrales de tonelaje de cumplimiento que se anunciarán en 2027. 

Las empresas deben prepararse plenamente para el cumplimiento obligatorio escalonado a partir de 2028. REACH24H seguirá proporcionando actualizaciones oportunas sobre los detalles regulatorios adicionales.

Para obtener más información o asistencia, no dude en contactarnos en customer@reach24h.com.