
Aceite de algas DHA: autorizaciones de nuevos alimentos en la UE y tendencias del mercado
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El aceite de algas DHA es un ingrediente clave muy utilizado en nutrición infantil y complementos alimenticios. Este artículo revisa exhaustivamente las sustancias de aceite de algas DHA autorizadas actualmente conforme al Reglamento de nuevos alimentos de la UE, y analiza en profundidad las tendencias del mercado. Sirve de referencia estratégica para empresas que buscan comprender el mercado mundial e identificar oportunidades de expansión.
Desarrollo y producción del aceite de algas DHA
Los ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga (LCPUFAs) son fundamentales para la regulación inmunitaria y el desarrollo neurológico. Como el organismo humano no puede sintetizarlos, deben obtenerse mediante la dieta. El ácido docosahexaenoico (DHA), en particular, es un ácido graso estructural clave del cerebro y la retina, esencial para el desarrollo cognitivo y visual infantil. Tradicionalmente, el DHA procede del aceite de peces marinos como salmón, caballa y atún.
Sin embargo, la creciente preocupación por metales pesados, microplásticos y sobreexplotación pesquera cuestiona cada vez más la sostenibilidad y seguridad del aceite de pescado como fuente de DHA. Estos problemas, impulsados en gran medida por la industrialización mundial, han situado los aceites de microalgas, especialmente el aceite de Schizochytrium sp., como alternativa prometedora y sostenible.
El aceite de microalgas es un lípido funcional de microalgas naturales, producido mediante fermentación microbiana, cultivo dirigido de alta densidad y refinado de precisión. Su ventaja principal es enriquecer eficazmente ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga esenciales como DHA y EPA mediante un enfoque vegetal sostenible. Todo el proceso se realiza bajo estrictas condiciones de limpieza controlada, eliminando el riesgo de contaminantes nocivos habituales en entornos naturales. El aceite resultante es plenamente compatible con las necesidades de poblaciones sensibles, incluidos vegetarianos y lactantes.
El aceite de microalgas DHA se produce principalmente por fermentación microbiana con cepas como Schizochytrium sp., Ulkenia amoeboida, o Crypthecodinium cohnii. Destaca por su pureza de ácidos grasos, seguridad y estabilidad oxidativa, y se utiliza ampliamente en preparados para lactantes, productos nutricionales para embarazadas y madres lactantes y complementos funcionales.
Aceite de microalgas DHA autorizado como nuevo alimento en la UE
Como uno de los marcos de seguridad alimentaria más rigurosos del mundo, el Reglamento de nuevos alimentos de la UE respalda firmemente la calidad y seguridad de los ingredientes autorizados bajo su sistema. La amplia aprobación del aceite de Schizochytrium sp. mediante diversas autorizaciones de nuevos alimentos de la UE constituye un importante respaldo internacional a su calidad y seguridad.
Los aceites de microalgas DHA autorizados actualmente incluyen:
| Nuevo alimento autorizado | Categoría alimentaria especificada | Contenido máximo de DHA |
|---|---|---|
| Schizochytrium sp. (ATCC PTA-9695), aceite | Productos lácteos, excepto bebidas a base de leche | 200 mg/100 g o, para productos de queso, 600 mg/100 g |
| Sucedáneos lácteos, excepto bebidas | 200 mg/100 g o, para sucedáneos de queso, 600 mg/100 g | |
| Grasas para untar y aderezos | 600 mg/100 g | |
| Cereales de desayuno | 500 mg/100 g | |
| Complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/EC | 250 mg DHA/día para la población general | |
| 1 g DHA/día para la población general, excepto lactantes y niños de corta edad | ||
| Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 y sustitutivos de comidas para el control de peso | 250 mg/comida | |
| Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad | 200 mg/100 g | |
| Alimentos destinados a cubrir el gasto de un esfuerzo muscular intenso, especialmente para deportistas | ||
| Alimentos con declaraciones sobre la ausencia o presencia reducida de gluten conforme al Reglamento de Ejecución de la Comisión (EU) n.º 828/2014 | ||
| Alimentos para usos médicos especiales definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | Según las necesidades nutricionales particulares de las personas destinatarias | |
| Productos de panadería (panes, panecillos y galletas dulces) | 200 mg/100 g | |
| Barritas de cereales | 500 mg/100 g | |
| Grasas para cocinar | 360 mg/100 g | |
| Bebidas no alcohólicas (incluidos sucedáneos lácteos y bebidas a base de leche) | 80 mg/100 g | |
| Preparados para lactantes y de continuación definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | Conforme al Reglamento (EU) n.º 609/2013 | |
| Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | 200 mg/100 g | |
| Puré de frutas/verduras | 100 mg/100 g | |
| Schizochytrium sp. (T18), aceite | Igual que arriba | |
| Schizochytrium sp., aceite | Igual que arriba, salvo esta categoría: preparados para lactantes y de continuación definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | |
| Schizochytrium sp., aceite rico en DHA y EPA | Complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/EC para adultos, excepto embarazadas y madres lactantes | 3 000 mg/día |
| Complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/EC para embarazadas y madres lactantes | 450 mg/día | |
| Complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/EC para niños de 18 meses a 18 años | 250 mg/día | |
| Alimentos para usos médicos especiales definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | Según las necesidades nutricionales particulares de las personas destinatarias | |
| Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 y sustitutivos de comidas para el control de peso | 250 mg/comida | |
| Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad | 200 mg/100 g | |
| Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | ||
| Alimentos destinados a cubrir el gasto de un esfuerzo muscular intenso, especialmente para deportistas | ||
| Alimentos con declaraciones sobre la ausencia o presencia reducida de gluten conforme al Reglamento de Ejecución de la Comisión (EU) n.º 828/2014 | ||
| Productos de panadería (panes, panecillos y galletas dulces) | ||
| Cereales de desayuno | 500 mg/100 g | |
| Grasas para cocinar | 360 mg/100 g | |
| Sucedáneos lácteos, excepto bebidas | 600 mg/100 g para queso; 200 mg/100 g para productos de soja e imitaciones lácteas (excepto bebidas) | |
| Productos lácteos, excepto bebidas a base de leche | 600 mg/100 g para queso; 200 mg/100 g para productos lácteos (incluidos leche, queso fresco y yogur; excepto bebidas) | |
| Bebidas no alcohólicas (incluidos sucedáneos lácteos y bebidas a base de leche) | 80 mg/100 g | |
| Barritas de cereales/nutricionales | 500 mg/100 g | |
| Grasas para untar y aderezos | 600 mg/100 g | |
| Sucedáneos de pescado | 300 mg/100 g | |
| Sucedáneos de carne | 300 mg/100 g | |
| Schizochytrium sp. (FCC-3204), aceite | Preparados para lactantes y de continuación definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | Conforme al Reglamento (EU) n.º 609/2013 |
| Complementos alimenticios definidos en la Directiva 2002/46/EC para la población general mayor de 3 años | 1 g/día | |
| Productos proteicos, excepto sucedáneos lácteos | 1 g/100 g | |
| Schizochytrium sp. (CABIO-A-2), aceite | Preparados para lactantes y de continuación definidos en el Reglamento (EU) n.º 609/2013 | Conforme al Reglamento (EU) n.º 609/2013 |
| Schizochytrium sp. (WZU477), aceite | ||
| Schizochytrium limacinum (TKD-1), aceite | ||
| Schizochytrium limacinum (ATCC-20889), aceite | ||
| Aceite de algas procedente de la microalga Ulkenia sp . | Productos de panadería (panes y panecillos) | 200 mg/100 g |
| Barritas de cereales | 500 mg/100 g | |
| Bebidas no alcohólicas (incluidas bebidas a base de leche) | 60 miligramos/100 mililitros |
Análisis del mercado y la regulación del aceite de microalgas
Aceite de microalgas DHA
En 2024, las ventas mundiales de aceite de microalgas DHA superaron USD 1.6 mil millones y se prevé que superen USD 3 mil millones en 2031. Norteamérica y Europa, los mayores mercados consumidores, reúnen más del 50% de la cuota mundial. Los preparados para lactantes siguen siendo la mayor aplicación posterior, con el 50% del mercado total.
Además de su aplicación principal en nutrición infantil, los usos del aceite de microalgas siguen ampliándose por la creciente conciencia de salud. Surgen alimentos funcionales para personas de mediana edad y mayores (salud cerebral y cardiovascular), alimentos convencionales orientados a la «nutrición saludable», alimentos y complementos para mascotas (salud del pelaje) y cosméticos (beneficios antioxidantes e hidratantes). Esta diversificación abarca múltiples situaciones de uso y poblaciones.
Hasta la fecha, dos empresas chinas, CABIO y Tianke Biotech, han obtenido autorización de nuevos alimentos de la UE para sus aceites ricos en DHA de Schizochytrium sp., principalmente para preparados para lactantes y de continuación (IF y FOF). La autorización de nuevos alimentos de la UE elimina la principal barrera regulatoria para entrar y expandirse en Europa y aporta una sólida validación externa de seguridad y calidad de fabricación, con múltiples ventajas estratégicas para el crecimiento empresarial.
Aceite de microalgas EPA
Mientras el aceite DHA domina la nutrición maternoinfantil, el aceite EPA ocupa un nicho menor, pero de rápido crecimiento. Es especialmente adecuado para personas de mediana edad y mayores, sobre todo con mayor riesgo de hiperlipidemia e hipertensión. Con el envejecimiento mundial acelerado y una demanda creciente de apoyo cardiovascular y control de la inflamación crónica, la expansión del aceite EPA a complementos de alta gama y alimentos para usos médicos especiales (FSMP) previsiblemente cobrará mayor impulso.
Paralelamente, los marcos regulatorios evolucionan para apoyar este crecimiento. En 2024, la Comisión Nacional de Salud de China autorizó el aceite de Nannochloropsis gaditana como ingrediente de nuevo alimento mediante el Anuncio n.º 5 de 2024. Esta autorización supone otro avance para Xiaozao Technology en nuevos alimentos de microalgas, tras su autorización en 2021 de la biomasa de Nannochloropsis gaditana como nueva materia prima alimentaria. Nannochloropsis gaditana produce un aceite compuesto principalmente de lípidos, con más de 20 g de EPA por 100 g de grasa, lo que permite extraer EPA de pureza relativamente alta.
En la UE, el EPA sigue obteniéndose sobre todo por coextracción a partir de aceite de pescado, de kril o de corrientes de producción de aceite de Schizochytrium sp., donde el EPA coexiste naturalmente con el DHA y se enriquece junto a él. En cambio, en Estados Unidos, la FDA ha emitido autorizaciones GRAS para aceite EPA producido por fermentación con una cepa modificada genéticamente de Yarrowia lipolytica. Esto permite una producción de EPA más selectiva y escalable, con un perfil de ácidos grasos más sencillo.
Preparación de la solicitud de nuevo alimento de la UE para aceite de microalgas
El proceso de solicitud de nuevo alimento de la UE es administrado por la Comisión Europea (EC), encargada de la revisión administrativa, mientras la evaluación científica de riesgos corresponde a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). El marco regulatorio exige que EFSA complete la evaluación en nueve meses, aunque el plazo puede ampliarse si se solicitan datos o aclaraciones. Basándose en esa evaluación de seguridad, la Comisión Europea decide finalmente sobre la autorización del nuevo alimento, con un plazo regulatorio de siete meses.
El expediente para la evaluación científica de EFSA incluye principalmente:
| Sección del expediente | Información que debe aportarse |
|---|---|
| Identidad | Clasificación taxonómica del microorganismo, certificado de depósito de la cepa, secuencia del genoma completo, datos de detección de genes de riesgo potencial y análisis genético |
| Proceso de producción | Materias primas, parámetros críticos del proceso e información del sistema de gestión de seguridad alimentaria |
| Datos de composición | Métodos analíticos (p. ej., normas AOAC e ISO); análisis de composición; estabilidad; ensayos de muestreo; variación entre lotes |
| Especificaciones | Especificaciones químicas, físicas, nutricionales y microbiológicas (intervalos o límites) |
| Historial de uso | Historial de producción, comercialización y consumo; pruebas de uso fuera de la UE |
| Usos y niveles de uso previstos | Poblaciones destinatarias, niveles de uso, ingesta prevista y evaluación de exposición para la seguridad |
| Datos ADME | Datos de absorción, distribución, metabolismo y excreción |
| Información toxicológica | Estudios toxicológicos escalonados; pruebas de mutagenicidad; toxicidad por dosis repetidas |
| Información nutricional | Evaluación de ingesta de nutrientes |
| Datos de alergenicidad | Evaluación de alergenicidad |
Al seleccionar cepas de microalgas, conviene priorizar las ya autorizadas o incluidas en la lista europea de presunción cualificada de seguridad (QPS). Esto puede reducir notablemente la preparación de datos toxicológicos. Además, según análisis estadísticos de los plazos de revisión de EFSA, un expediente completo y bien preparado puede acortar el ciclo total de autorización en más de un año, acelerar la llegada al mercado y aportar ventaja de pionero.
A medida que el desarrollo y la aplicación de ingredientes de nuevos alimentos centran cada vez más la atención de la industria alimentaria mundial, REACH24H ha elaborado el Libro blanco sobre marcos regulatorios mundiales de ingredientes de nuevos alimentos para ayudar a comprender los requisitos de distintas jurisdicciones y ejecutar eficazmente estrategias mundiales. Abarca marcos regulatorios nacionales, autoridades competentes, procedimientos de autorización, documentación de solicitud y aspectos clave para el acceso al mercado.
¿Necesita apoyo profesional?
El proceso de solicitud de nuevos alimentos de la UE puede ser complejo. Nuestros expertos ofrecen apoyo en solicitudes para aceite de microalgas, preparación del expediente, interacción con EFSA y estrategia regulatoria mundial, desde la selección de cepas hasta la autorización comercial.
Correo electrónico: customer@reach24h.com

Escrito por
REACH24H Food Compliance Team
REACH24H
Fundado en 2009, el equipo de cumplimiento alimentario de REACH24H Consulting Group ofrece servicios integrales de consultoría de acceso a mercados en todo el mundo. Hemos ayudado a miles de empresas alimentarias a llegar a sus mercados de destino y somos el proveedor designado de servicios regulatorios de embajadas, consulados y asociaciones empresariales. El equipo ofrece conocimientos de referencia en el sector, amplios recursos globales y apoyo de cumplimiento a lo largo de toda la cadena, desde las etapas iniciales hasta las finales.
