
La UE propone modificar el Reglamento (UE) 2022/1616 sobre materiales de plástico reciclado en contacto con alimentos
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El 15 de abril de 2026, la Unión Europea presentó un proyecto de modificación del Reglamento (EU) 2022/1616 ante la Organización Mundial del Comercio (WTO). Este proyecto de modificación introduce, para la declaración de conformidad (DoC) nuevos requisitos, reestructura el modelo de gestión del Registro de la UE y establece normas más detalladas para el despacho aduanero de artículos de plástico reciclado importados.
Contexto
El actual Reglamento (EU) 2022/1616 establece las normas para el reciclaje, la fabricación y la introducción en el mercado de materiales y artículos de plástico reciclado procedentes de residuos plásticos.
Esta modificación busca resolver los obstáculos existentes en la documentación y la supervisión de la cadena de suministro. Mediante una plataforma de gestión digital y una clasificación documental más precisa, garantiza que cada lote de artículos de plástico reciclado que entre en el mercado de la UE pueda rastrearse hasta sus fuentes de recogida y descontaminación.
Aspectos destacados
En comparación con el reglamento actual, el proyecto propone varias mejoras normativas sustanciales, con los siguientes cambios principales:
1. Introducción de dos nuevos tipos de declaraciones de conformidad (DoC)
Partiendo de las declaraciones existentes para recicladores (DoC A) y transformadores (DoC B), se han añadido dos nuevos tipos de declaraciones:
DoC P: aplicable a insumos plásticos parcialmente pretratados o sin tratar.
DoC C: aplicable a materiales y artículos de plástico reciclado cuya composición no se prevé que cambie en etapas posteriores de transformación.
Los operadores de empresas alimentarias que utilizan plásticos reciclados para envasar alimentos pueden quedar exentos de la obligación de facilitar una DoC a los minoristas, siempre que suministren la información y las instrucciones necesarias (por ejemplo, mediante el etiquetado), aliviando así la carga al final de la cadena de suministro.
En conjunto, mediante esta modificación, la UE establecerá un mecanismo de transmisión a lo largo de la cadena de suministro claramente definido: pretratadores de residuos (DoC P) → Recicladores (DoC A) → Transformadores (DoC B) → Fabricantes de productos finales/envasadores (DoC C).
Los operadores de cada etapa deben asegurarse de conservar debidamente, al emitir sus propias declaraciones, las declaraciones y los documentos justificativos de la etapa anterior, disponibles en todo momento para su revisión por las autoridades competentes.
2. Refuerzo de los controles de importación
Para evitar la entrada de productos no conformes en la UE, el proyecto estipula que los productos importados que contengan plásticos reciclados (en particular, materiales de PET, botellas, láminas, vajilla y utensilios de cocina) deben ir acompañados de las DoC correspondientes al solicitar su despacho a libre práctica en aduana. El anexo del proyecto define expresamente los códigos de la Nomenclatura Combinada (CN) para estos productos específicos.
3. Transformación digital del sistema de registro
El modelo actual de registro público de la UE será sustituido por un registro electrónico no público al que tendrán acceso específicamente las autoridades competentes y los operadores.
Los estados de registro de las instalaciones de descontaminación se han ampliado y aclarado considerablemente en siete categorías concretas: «recién registrada», «en establecimiento», «activa», «inactiva», «suspendida», «pendiente de auditoría» y «fuera de servicio». Esta clasificación refleja diversas situaciones a lo largo de todo el ciclo de vida de las instalaciones y mejora así la transparencia reguladora.
4. Aclaración de los requisitos de los métodos de ensayo
El proyecto hace referencia a ISO 12418-2:2012 (anexo A)—o a métodos con un rendimiento equivalente o superior— como método normalizado para verificar las especificaciones del material reciclado físicamente posconsumo (PCR) PET.
Análisis del impacto y recomendaciones
Para las empresas del sector, los cambios del proyecto de modificación de la UE sobre plásticos reciclados tendrán un impacto profundo en áreas esenciales como la gestión de la cadena de suministro, los procesos de cumplimiento y el control de calidad.
Ante ello, REACH24H Consulting Group recomienda a las empresas afectadas:
Revisar las estructuras de proveedores: la introducción de DoC P y DoC C define las responsabilidades de cumplimiento de los eslabones anteriores de la cadena de suministro (incluidos los proveedores de servicios de pretratamiento parcial). Las empresas deben identificar de forma proactiva sus estructuras de proveedores desde ahora e instar a los proveedores anteriores a facilitar las nuevas declaraciones exigidas (P o C), mitigando anticipadamente los riesgos de cumplimiento de la cadena de suministro.
Seguir las actualizaciones del sistema: el despliegue previsto por la UE de un sistema de registro electrónico no público, acompañado de un marco detallado de seguimiento del estado de las instalaciones —aún no presentado formalmente—, aportará una transparencia sin precedentes a los datos de cumplimiento. El estado de una instalación en el sistema determinará directamente si una empresa puede seguir suministrando a la UE. Las empresas deben prestar especial atención al avance del desarrollo y a los requisitos de interfaz técnica del registro electrónico de la UE.
Aplicar una gestión documental rigurosa: la introducción de nuevos métodos de ensayo y requisitos de trazabilidad aumentará inevitablemente los costes de cumplimiento. Además de realizar la verificación del rendimiento conforme a las nuevas normas, las empresas deben establecer protocolos sólidos de gestión y transmisión de documentos.
La fecha límite del periodo de consulta pública de este proyecto de modificación es el 14 de junio de 2026. Según el calendario actual, se espera que el reglamento se adopte el 30 de septiembre de 2026, y entrará oficialmente en vigor el día 20 siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Ante el endurecimiento continuo de las normas de la UE que regulan los materiales de plástico reciclado en contacto con alimentos, se aconseja a las entidades afectadas seguir de cerca los últimos avances legislativos y normativos para garantizar la estabilidad y el cumplimiento de sus actividades de exportación.
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