
Indonesia actualiza los requisitos técnicos de ingredientes cosméticos mediante el Reglamento BPOM n.º 25/2025
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Resumen de la noticia
La Agencia Nacional de Control de Medicamentos y Alimentos de Indonesia (BPOM) ha publicado oficialmente una nueva norma sobre los requisitos técnicos de ingredientes cosméticos: Reglamento BPOM n.º 25 de 2025 sobre requisitos técnicos de ingredientes cosméticos, promulgado el 3 de octubre de 2025. La norma también se difundió mediante una sesión híbrida el 7 de noviembre de 2025.
Esta actualización adapta los requisitos de Indonesia a las últimas modificaciones de los anexos de la Directiva ASEAN sobre Cosméticos (ACD) . También refleja la evolución continua del sector cosmético e incorpora las aportaciones de las partes interesadas.
Normas derogadas
Con la publicación de esta nueva norma, varias disposiciones y anexos anteriores dejan de ser válidos:
Reglamento BPOM n.º 23 de 2019
El cuerpo principal de esta norma, que aún se citaba parcialmente, queda ahora completamente sin efecto.
Reglamento BPOM n.º 17 de 2022
Anteriormente, el anexo V (Ingredientes prohibidos) seguía en vigor. Con la nueva norma, este anexo queda derogado.
Decreto BPOM n.º 479 de 2023
Este decreto, que regulaba los anexos I–IV, ha sido sustituido íntegramente por el Reglamento BPOM n.º 25 de 2025
Aspectos destacados de las modificaciones
Los cambios en el cuerpo principal son principalmente revisiones editoriales y aclaraciones. No obstante, se introducen actualizaciones sustantivas en los artículos 5, 10, 12 y 13, apartado (1), letra g. Los cambios que afectan a la aplicación técnica se detallan en los anexos correspondientes. A continuación se resumen las principales novedades de cada anexo:
Anexo I: lista de ingredientes permitidos en cosméticos con restricciones y condiciones de uso
Las actualizaciones incluyen:
Límites revisados para la piritiona de zinc, CAS n.º 13463-41-7.
Nuevos requisitos para el ácido etidrónico y sus sales, CAS n.º 2809-21-4.
Excepción actualizada para el peróxido de hidrógeno, CAS n.º 7722-84-1.
Adición de nuevas sustancias restringidas: amarillo ácido 3 (CI 47005), CAS n.º 8004-92-0, e hidroxitolueno butilado, CAS n.º 128-37-0.
Anexo II: lista de colorantes permitidos en cosméticos
Eliminación de condiciones adicionales para CI 45430, en consonancia con las últimas actualizaciones de la ACD.
Anexo III: lista de conservantes permitidos en cosméticos
Las actualizaciones incluyen:
La clorofena (2-bencil-4-clorofenol) se elimina y se traslada al anexo V (Ingredientes prohibidos).
Modificación del nombre del N-(hidroximetil)glicinato de sodio, CAS n.º 70161-44-3, conforme al último anexo de la ACD.
Anexo IV: lista de filtros UV permitidos en cosméticos
Entre las actualizaciones destacadas figuran:
Actualización de números CAS de ingredientes:
3,3’-(1,4-fenileno) bis (5,6-difenil-1,2,4-triazina) → se corrige para que el número CAS figure ahora como 55514-22-2.
Dióxido de titanio (nano) → se añade un número CAS que no se especificaba en la norma anterior.
Adición de dos nuevos filtros UV (incluidas formas nano): Bis-(Diethylaminohydroxybenzoyl Benzoyl) Piperazine y Bis-(Diethylaminohydroxybenzoyl Benzoyl) Piperazine (nano).
Mejoras editoriales para el óxido de zinc (nano), incluidas nuevas definiciones D50 y D1.
El homosalato queda restringido a productos faciales, excluidos los formatos de pulverización con propelente.
Se añade el nombre alternativo Avobenzene para 1-(4-terc-butilfenil)-3-(4-metoxifenil)propano-1,3-diona, CAS n.º 70356-09-1.
La concentración permitida de benzofenona-3 pasa a depender del tipo de formulación cosmética.
Anexo V: lista de ingredientes prohibidos en cosméticos
Se añaden 101 ingredientes prohibidos. Entre ellos, los siguientes habían sido notificados anteriormente en Indonesia:
cis-CTAC (cuaternio-15)
2-cloroacetamida
Octametilciclotetrasiloxano (D4)
Acetaldehído
N-metil-2-pirrolidona
Ciclohexilamina
Quinolina
Los demás ingredientes no enumerados presentan efectos carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción, y no están presentes en cosméticos actualmente notificados en Indonesia.
Período transitorio e implicaciones para el cumplimiento
Se concede un período transitorio de 12 meses para aplicar esta norma, que finaliza el 3 de octubre de 2026. Durante este plazo, las empresas con productos ya notificados deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones actualizadas. Si un producto contiene algún ingrediente recién incluido en el anexo V (Ingredientes prohibidos), la notificación no podrá renovarse y, posteriormente, ya no se permitirá vender el producto en Indonesia.
Para nuevas notificaciones de productos, se recomienda encarecidamente revisar a fondo todos los anexos modificados y requisitos técnicos actualizados para garantizar el cumplimiento desde el principio. Actuar de forma proactiva ayudará a evitar complicaciones futuras en el proceso de notificación.
Para más información o consultas, puede contactarnos escribirnos a customer@reach24h.com.
