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Desinfectantes y biocidas

La UE propone no aprobar terbutrina, BIT y TMAD para determinados usos biocidas

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Actualización normativa

La Comisión Europea presentó recientemente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) un proyecto de Decisión de Ejecución que propone la no aprobación de terbutrina, 1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona (BIT) y TMAD como sustancias activas existentes para su uso en determinados tipos de biocidas.

Durante la revisión de estas sustancias para tipos de producto (PT) concretos, los participantes originales no las apoyaron oportunamente o retiraron su apoyo. ECHA tampoco recibió notificaciones válidas para asumir el papel de participante dentro del plazo. Por ello, no se aprobarán estas combinaciones de sustancia activa/tipo de producto.

Lista detallada de combinaciones de sustancia/tipo de producto no aprobadas

La Comisión Europea ha redactado una decisión para declarar no aprobadas las tres combinaciones siguientes:

Terbutrina

N.º CAS: 886-50-0

Tipo de producto 9 (protectores de fibras, cuero, caucho y materiales polimerizados)

1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona (BIT)

N.º CAS: 2634-33-5

Tipo de producto 9 (protectores de fibras, cuero, caucho y materiales polimerizados)

TMAD (nombre químico: tetrahidro-1,3,4,6-tetrakis(hidroximetil)imidazo[4,5-d]imidazol-2,5(1H,3H)-diona)

N.º CAS: 5395-50-6

Tipo de producto 12 (productos antimoho mucilaginoso)

Impacto comercial y retos de cumplimiento de los «artículos tratados»

Cuando se adopte oficialmente la decisión y entre en vigor, esas sustancias activas no podrán utilizarse en los tipos de biocidas especificados en la UE. Aunque la «no aprobación» se dirige principalmente a los productos biocidas , las empresas de toda la cadena de suministro deben reevaluar el cumplimiento tras su entrada en vigor. Esto es especialmente importante para los «artículos tratados» que acceden a la UE, cuyas sustancias activas biocidas deben ser legales en ella.

Plan de acción sectorial

Se recomienda a las empresas afectadas tomar estas medidas:

  1. Revisar las fórmulas: comprobar inmediatamente si los biocidas o artículos tratados destinados a la UE contienen terbutrina (PT 9), BIT (PT 9) o TMAD (PT 12).

  2. Iniciar la evaluación de sustitutos: si los productos incluyen esos usos restringidos, buscar sustancias activas alternativas y verificar la estabilidad y eficacia de la formulación para completar el cambio antes de la entrada en vigor.

  3. Vigilar el plazo de comentarios: el proyecto está en fase de notificación y consulta de la OMC, con fecha límite del 1 de mayo de 2026. Las empresas con comentarios sustantivos pueden presentarlos por los canales pertinentes.

Para más información o ayuda, no dude en contactarnos en customer@reach24h.com.