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Productos químicos industriales

REACH de Colombia: análisis y estrategias ante el plazo de registro del 30 de mayo de 2025

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¿Qué es el REACH de Colombia?

En noviembre de 2021, Colombia implementó el Decreto 1630/2021, que establece nuevos requisitos normativos para las sustancias químicas. Según esta normativa, los fabricantes e importadores nacionales deben notificar las sustancias peligrosas y los componentes peligrosos de mezclas destinadas a uso industrial, siempre que el volumen anual de fabricación o importación sea de al menos 100 kg. Los registros REACH de Colombia deben actualizarse anualmente. Los fabricantes extranjeros pueden designar un representante exclusivo en Colombia (REE) para gestionar información comercial confidencial (CBI), por ejemplo, proteger la confidencialidad de los números CAS de las sustancias.

Registro REACH de Colombia

El registro es obligatorio para las sustancias o los componentes de mezclas que cumplan todos los criterios siguientes:
  • Estar clasificados como peligrosos según la clasificación de peligros del SGA de Colombia
  • Fabricarse o importarse en un volumen de al menos 100 kg al año
  • Estar destinados a uso industrial

Registro REACH de Colombia: exenciones

Actualmente hay 13 categorías de productos químicos exentas del requisito de registro de sustancias existentes en Colombia, entre ellas:
  • Sustancias reguladas por normas existentes (por ejemplo, productos farmacéuticos y cosméticos)
  • Sustancias UVCB (de composición desconocida o variable, productos de reacción complejos o materiales biológicos)
  • Artículos
  • Impurezas
  • Sustancias presentes en la naturaleza no modificadas químicamente
  • Sustancias generadas por exposición a factores ambientales (aire, humedad, luz solar y microorganismos)
  • Sustancias producidas por reacciones químicas no intencionadas
  • Subproductos que no se importan ni comercializan
  • Hidratos
  • Polímeros, incluidos monómeros y aditivos
  • Sustancias bajo supervisión aduanera
  • Sustancias intermedias no aisladas
  • Sustancias sin valor comercial

Plazo de registro REACH de Colombia: 30 de mayo de 2025

Después del 30 de mayo de 2025, fecha del plazo de registro, las autoridades colombianas publicarán el Inventario Nacional de Sustancias Químicas (INSQUI). Las sustancias no incluidas en él se considerarán «sustancias nuevas» y no podrán comercializarse en Colombia sin un registro previo como sustancias nuevas. A más tardar el 30 de septiembre de 2025, las empresas que hayan presentado registros deberán actualizar los datos de producción e importación de 2024 de las sustancias correspondientes.

Registro REACH de Colombia: información necesaria

Los fabricantes o importadores nacionales deben utilizar la plataforma oficial de registro para aportar:
  • Datos de identificación del fabricante, importador o representante exclusivo (REE)
  • Volumen total de producción y/o importación de la sustancia de 2021 a 2023 (en kilogramos al año)
  • Información de la sustancia (incluidos número CAS, nombre, etc.)
  • Clasificación de peligros
  • Uso previsto de la sustancia

Conclusión

El REACH de Colombia supone un avance importante en la gestión química de América Latina. Ante la proximidad del plazo de registro, el cumplimiento proactivo es esencial para todos los participantes en la cadena de suministro química. REACH24H Consulting Group recomienda encarecidamente a las empresas que operan en Colombia completar el registro de sustancias existentes antes del plazo para evitar sanciones o interrupciones del negocio. Las empresas que necesiten proteger información CBI deberían considerar designar un representante exclusivo en Colombia (REE) para gestionar las solicitudes de confidencialidad. Si tiene preguntas o está valorando proteger información CBI, puede contactar con nosotros. Tel.: (+86) 571 8700 7555. Correo electrónico: customer@reach24h.com