
REACH de Colombia: análisis y estrategias ante el plazo de registro del 30 de mayo de 2025
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¿Qué es el REACH de Colombia?
En noviembre de 2021, Colombia implementó el Decreto 1630/2021, que establece nuevos requisitos normativos para las sustancias químicas. Según esta normativa, los fabricantes e importadores nacionales deben notificar las sustancias peligrosas y los componentes peligrosos de mezclas destinadas a uso industrial, siempre que el volumen anual de fabricación o importación sea de al menos 100 kg. Los registros REACH de Colombia deben actualizarse anualmente. Los fabricantes extranjeros pueden designar un representante exclusivo en Colombia (REE) para gestionar información comercial confidencial (CBI), por ejemplo, proteger la confidencialidad de los números CAS de las sustancias.Registro REACH de Colombia
El registro es obligatorio para las sustancias o los componentes de mezclas que cumplan todos los criterios siguientes:- Estar clasificados como peligrosos según la clasificación de peligros del SGA de Colombia
- Fabricarse o importarse en un volumen de al menos 100 kg al año
- Estar destinados a uso industrial
Registro REACH de Colombia: exenciones
Actualmente hay 13 categorías de productos químicos exentas del requisito de registro de sustancias existentes en Colombia, entre ellas:- Sustancias reguladas por normas existentes (por ejemplo, productos farmacéuticos y cosméticos)
- Sustancias UVCB (de composición desconocida o variable, productos de reacción complejos o materiales biológicos)
- Artículos
- Impurezas
- Sustancias presentes en la naturaleza no modificadas químicamente
- Sustancias generadas por exposición a factores ambientales (aire, humedad, luz solar y microorganismos)
- Sustancias producidas por reacciones químicas no intencionadas
- Subproductos que no se importan ni comercializan
- Hidratos
- Polímeros, incluidos monómeros y aditivos
- Sustancias bajo supervisión aduanera
- Sustancias intermedias no aisladas
- Sustancias sin valor comercial
Plazo de registro REACH de Colombia: 30 de mayo de 2025
Después del 30 de mayo de 2025, fecha del plazo de registro, las autoridades colombianas publicarán el Inventario Nacional de Sustancias Químicas (INSQUI). Las sustancias no incluidas en él se considerarán «sustancias nuevas» y no podrán comercializarse en Colombia sin un registro previo como sustancias nuevas. A más tardar el 30 de septiembre de 2025, las empresas que hayan presentado registros deberán actualizar los datos de producción e importación de 2024 de las sustancias correspondientes.Registro REACH de Colombia: información necesaria
Los fabricantes o importadores nacionales deben utilizar la plataforma oficial de registro para aportar:- Datos de identificación del fabricante, importador o representante exclusivo (REE)
- Volumen total de producción y/o importación de la sustancia de 2021 a 2023 (en kilogramos al año)
- Información de la sustancia (incluidos número CAS, nombre, etc.)
- Clasificación de peligros
- Uso previsto de la sustancia
