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Productos químicos industriales

Urgente: ¡plazo hasta el 30 de mayo! Cuenta atrás para registrar sustancias en Colombia

Actualizado el

El registro de sustancias en Colombia termina oficialmente el 30 de mayo de 2025. Las empresas deben registrar las sustancias producidas e importadas de 2021 a 2023 para formar el inventario nacional de sustancias químicas. El Ministerio de Ambiente de Colombia promulgó en 2021 el Decreto n.º 1630, «Reglamento de Gestión Integral de Sustancias Químicas Industriales», que exige a fabricantes e importadores colombianos y representantes en el extranjero (REE) registrar sustancias industriales peligrosas y componentes peligrosos de mezclas producidos o importados en cantidades ≥100 kg/año, y actualizar la información anualmente. Si una empresa cesa la producción, debe notificarlo por el sistema oficial.

Calendario de registro

Hasta el 2025.5.30Registrar sustancias industriales peligrosas o componentes producidos e importados en cantidades ≥100 kg entre 2021-2023
2025.6.1Se publicará el inventario nacional de sustancias químicas
Hasta el 2025.9.30Actualizar los datos de registro de 2024
2026 y años posterioresActualizar los datos del año anterior


¿Qué sustancias están exentas del registro?


Las siguientes categorías no deben registrarse:

  • Sustancias reguladas por normas existentes, como medicamentos y cosméticos

  • Sustancias UVCB

  • Artículos

  • Impurezas

  • Sustancias naturales no modificadas químicamente

  • Sustancias producidas por factores ambientales: aire, humedad, luz solar o microorganismos

  • Sustancias generadas por reacciones químicas no destinadas a producción, importación o venta

  • Subproductos aún no importados ni vendidos

  • Hidratos

  • Polímeros, incluidos monómeros y otros aditivos

  • Sustancias bajo control aduanero

  • Intermedios no aislados

  • Sustancias sin valor comercial


¿Qué sustancias deben registrarse?


Deben cumplir estas condiciones:

  • Sustancias o componentes de sustancias en mezclas

  • Clasificación de peligro según criterios GHS

  • Producción/importación ≥100 kg/año

  • Uso industrial

 

¿Qué información exige el registro?


  • Identidad de fabricantes o importadores

  • Cantidad total anual producida o importada

  • Información de la sustancia

  • Clasificación de peligro

  • Uso

 

Consejos de cumplimiento de REACH24H


REACH24H recuerda a las empresas del mercado colombiano que participen activamente y completen el registro antes del plazo para evitar pérdidas. Todas deben presentar la información mediante el sistema del Inventario Nacional de Sustancias Químicas Industriales (INSQUI) y solicitar protección de información comercial confidencial (CBI) con ayuda de REE cuando corresponda. Para consultas sobre cumplimiento químico en Colombia, contáctenos. Tel.: (+86) 571 8700 7555 Correo electrónico: customer@reach24h.com